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¿Cómo calcular las vacaciones truncas en Perú en 2026?

Actualizado el 04 de julio de 2026 · Equipo CalculaCuanto

Cuando un trabajador deja la empresa antes de cumplir el año de servicios, tiene derecho a que se le pague el descanso pendiente de manera proporcional. A esto se le llama vacaciones truncas y forma parte de la liquidación de beneficios sociales. Según la legislación peruana, la empresa debe pagar este monto dentro de las 48 horas posteriores al cese. En esta guía encontrarás qué son las vacaciones truncas, quiénes las reciben, qué datos necesitas y cómo calcularlas paso a paso en 2026.

Fórmula de las vacaciones truncas en Perú Las vacaciones truncas se calculan como (remuneración computable dividida entre 12) por los meses completos, más (remuneración computable dividida entre 360) por los días adicionales. Cómo se calculan las vacaciones truncas (RC ÷ 12) × meses + (RC ÷ 360) × días Parte mensual (RC ÷ 12) × meses Un dozavo de la remuneración por cada mes completo trabajado. Parte diaria (RC ÷ 360) × días Un treintavo de ese dozavo por cada día adicional. RC = sueldo básico + asignación familiar. Debe pagarse dentro de las 48 horas siguientes al cese.

¿Qué son las vacaciones truncas?

Las vacaciones truncas son el pago proporcional de los días de descanso que un trabajador no llegó a disfrutar porque su vínculo laboral terminó antes de completar el año de servicios. En lugar de otorgar días de descanso, el empleador compensa el tiempo trabajado con un pago económico, que se considera remunerativo y forma parte de la liquidación. Este concepto aplica tanto para renuncias como para despidos y vencimiento de contratos.

¿A quién aplica?

Tienen derecho a vacaciones truncas todos los trabajadores del régimen privado que:

  • No hayan cumplido un año completo de servicios y cesen por renuncia voluntaria, despido, conclusión de contrato o acuerdo mutuo.
  • Hayan laborado al menos un mes, ya que cada mes genera un doceavo de descanso.
  • Pertenecen a empresas sin importar su tamaño (microempresa, pequeña empresa o régimen general). En el caso de microempresas, la remuneración computable puede tener topes distintos.

No generan vacaciones truncas quienes fueron despedidos por causa justa, salvo los días ya generados, ni los practicantes que no están sujetos a vacaciones.

Datos que necesitas antes de calcular

  • Remuneración computable (RC): incluye tu sueldo básico mensual más asignaciones fijas como la asignación familiar. No incluye horas extras ni bonificaciones extraordinarias.
  • Meses trabajados: número de meses completos desde el último aniversario laboral o fecha de ingreso.
  • Días trabajados: días adicionales a los meses completos.
  • Registro de cese: fecha de ingreso y de salida para verificar los periodos.

Cómo se calculan las vacaciones truncas paso a paso

  1. Determinar la remuneración computable: suma tu salario básico y asignaciones fijas (por ejemplo, asignación familiar). Esta será la base del cálculo.

  2. Contar los meses y días trabajados: calcula cuántos meses completos y días adicionales transcurrieron desde tu último aniversario laboral hasta la fecha de cese.

  3. Aplicar la fórmula:

    Vacaciones truncas = (RC ÷ 12) × meses trabajados + (RC ÷ 360) × días trabajados

    donde RC es la remuneración computable.

  4. Incluir en la liquidación: este monto debe sumarse a la compensación por tiempo de servicios (CTS), gratificaciones y otros beneficios que correspondan en la liquidación. La empresa debe pagarlo como máximo dentro de las 48 horas siguientes al término de la relación laboral.

Fórmula general

Para un trabajador con remuneración computable RC, meses completos trabajados m y días adicionales d:

Vacaciones truncas = (RC ÷ 12) × m + (RC ÷ 360) × d

El factor 1/12 calcula la fracción mensual de vacaciones (un mes de descanso por año trabajado) y el factor 1/360 la parte diaria.

Ejemplo práctico

Imaginemos que Juan percibe un sueldo básico de S/ 1,500 y recibe asignación familiar de S/ 102.50. Su remuneración computable es:

RC = 1,500 + 102.50 = S/ 1,602.50

Juan trabajó 5 meses y 10 días antes de su cese. Su cálculo sería:

  1. Parte mensual: RC ÷ 12 = 1,602.50 ÷ 12 = S/ 133.54.
  2. Por 5 meses: 133.54 × 5 = S/ 667.70.
  3. Parte diaria: RC ÷ 360 = 1,602.50 ÷ 360 = S/ 4.45.
  4. Por 10 días: 4.45 × 10 = S/ 44.50.

Vacaciones truncas: 667.70 + 44.50 = S/ 712.20. Este monto debe pagarse junto con la liquidación.

Errores frecuentes

  • No incluir la asignación familiar u otras asignaciones fijas en la remuneración computable.
  • Calcular sobre el sueldo neto en vez del sueldo bruto, lo que reduce el monto.
  • Olvidar los días adicionales si el trabajador no completó un mes entero.
  • No pagar dentro de las 48 horas; esto puede generar intereses y multas.

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Preguntas frecuentes

¿Las vacaciones truncas generan aportes a la CTS y otros beneficios?
Sí. Al formar parte de la remuneración computable, las vacaciones truncas se incluyen en la base para calcular CTS, gratificaciones y otros beneficios sociales.

¿Se descuentan impuestos de las vacaciones truncas?
Se consideran renta de quinta categoría, por lo que están sujetas al impuesto a la renta y a los aportes previsionales al igual que el sueldo ordinario.

¿Qué pasa si trabajo menos de un mes?
No se genera vacaciones truncas porque la ley peruana establece que se devenga un doceavo de descanso por cada mes completo trabajado.

¿Es obligatorio pagar las vacaciones truncas dentro de las 48 horas?
Sí. La norma indica que el empleador debe cancelar la liquidación, incluyendo vacaciones truncas, dentro de ese plazo.

¿Qué ocurre si la empresa no paga?
El trabajador puede denunciar ante la SUNAFIL o iniciar una acción judicial para exigir el pago y los intereses compensatorios.

¿Cómo afecta la remuneración mínima vital?
Si la remuneración computable es menor a la remuneración mínima vital vigente, debe considerarse este piso legal para el cálculo de los beneficios.

Conclusión

Las vacaciones truncas son un derecho que garantiza que el trabajador reciba proporcionalmente el descanso generado. Conocer la fórmula y los plazos legales evita errores y asegura una liquidación justa. Recuerda revisar tu remuneración computable, contar meses y días trabajados y exigir el pago oportuno.

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Fuentes oficiales

  • Buk – "¿Qué son las vacaciones truncas y cómo se calculan?": explica la fórmula RC ÷ 12 × m + RC ÷ 360 × d y la obligación de pagar dentro de 48 horas.
  • Legislación peruana sobre vacaciones: Decreto Legislativo 713 y su reglamento (no citados directamente, pero se mencionan como referencia legal).