Participación de utilidades (PTU) en México 2026: cálculo, reparto 50/50 y topes
Actualizado el 04 de julio de 2026 · Equipo CalculaCuanto
La participación de utilidades (PTU) es un derecho constitucional que otorga a los trabajadores una parte de las ganancias anuales de la empresa. En México, las empresas y personas físicas con actividad empresarial deben repartir el 10 % de su utilidad fiscal entre sus trabajadores. Este reparto se realiza cada año en base a las utilidades del ejercicio anterior. En 2026 se mantienen las reglas aplicables desde la reforma de 2021, que incluyen topes al monto de PTU y el reparto 50 % por días trabajados y 50 % por salarios.
¿Quiénes participan en el PTU?
Participan todos los trabajadores de planta o eventuales que hayan laborado cuando menos 60 días durante el año fiscal anterior. Incluye a quienes hayan dejado de laborar antes de la fecha de reparto pero cumplieron con ese requisito. No participan:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Trabajadores domésticos.
- Socios o accionistas y trabajadores eventuales que hayan prestado servicios menos de 60 días.
Los trabajadores de confianza participan, pero su salario base para el reparto se limita a 20 % más del salario del trabajador sindicalizado de más alto salario.
¿Quiénes están obligados a pagar PTU?
Están obligadas las empresas con utilidad fiscal y más de un año de operaciones. Se exceptúan:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
- Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (exentas los dos primeros años).
- Empresas de la industria extractiva de nueva creación (exentas durante su periodo de exploración).
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
- Empresas con capital inferior al monto fijado por la STPS (microempresas).
Fórmula 50/50 y topes de PTU
El monto global a repartir es el 10 % de la utilidad fiscal. Este se divide en dos partes iguales:
- 50 % por días trabajados: se distribuye entre todos los trabajadores en proporción al número de días laborados durante el año.
- 50 % por salarios devengados: se distribuye en proporción al salario anual de cada trabajador. Para empleados de confianza se usa el salario limitado mencionado.
Desde la reforma de 2021, la PTU de cada trabajador tiene un tope que equivale al mayor de estos dos valores:
- Tres meses de salario del trabajador.
- Promedio de la PTU recibida en los últimos tres años (si aplica).
El trabajador recibirá el monto que resulte menor entre el cálculo 50/50 y el tope. Esta medida busca equilibrar el reparto y evitar distorsiones.
Cálculo de la PTU paso a paso
- Obtener la utilidad fiscal: según la declaración anual de la empresa.
- Calcular el 10 % de la utilidad para determinar el fondo de PTU.
- Dividir el fondo en dos partes iguales: 50 % por días y 50 % por salarios.
- Reparto por días: suma los días trabajados por todos los empleados (al menos 60 días) y divide la mitad del fondo entre esos días. Multiplica por los días laborados de cada trabajador para obtener su parte.
- Reparto por salarios: suma los salarios anuales de todos los empleados participantes. Divide la otra mitad del fondo entre esa suma y multiplica por el salario anual de cada trabajador. Aplica el límite del 20 % para empleados de confianza.
- Aplicar el tope de PTU: compara el monto obtenido con tres meses de salario y el promedio de la PTU de los últimos tres años. Se paga el monto más alto que no exceda el tope.
- Retener ISR: la PTU tiene una exención de 15 UMA; el excedente se grava conforme al artículo 174 del Reglamento de la LISR.
- Pagar en los plazos establecidos: para empresas, la PTU se paga a más tardar el 30 de mayo; para personas físicas con actividad empresarial, el 29 de junio.
Ejemplo práctico
Una empresa obtuvo una utilidad fiscal de MXN 1,200,000 en 2025. Tiene tres trabajadores: Ana (180 días, salario anual 90,000), Beto (250 días, salario anual 180,000) y Carlos (300 días, salario anual 240,000). La empresa no tiene utilidades retenidas previas.
- Fondo de PTU: 1,200,000 × 10 % = MXN 120,000.
- Reparto por días (60,000): total de días = 180 + 250 + 300 = 730.
- Ana: (60,000 / 730) × 180 = MXN 14,794.52.
- Beto: (60,000 / 730) × 250 = MXN 20,547.95.
- Carlos: (60,000 / 730) × 300 = MXN 24,657.53.
- Reparto por salarios (60,000): suma de salarios = 90,000 + 180,000 + 240,000 = 510,000.
- Ana: (60,000 / 510,000) × 90,000 = MXN 10,588.24.
- Beto: (60,000 / 510,000) × 180,000 = MXN 21,176.47.
- Carlos: (60,000 / 510,000) × 240,000 = MXN 28,235.29.
- PTU bruta: suma de ambas partes.
- Ana: 14,794.52 + 10,588.24 = MXN 25,382.76.
- Beto: 20,547.95 + 21,176.47 = MXN 41,724.42.
- Carlos: 24,657.53 + 28,235.29 = MXN 52,892.82.
- Aplicar topes: si tres meses de salario de Carlos son 60,000, el tope de 3 meses (60,000) es mayor que su PTU bruta (52,892.82), por lo que recibe la PTU bruta. Si hubiera obtenido un monto mayor, se aplicaría el tope.
- ISR: se exentan los primeros 15 UMA de PTU; el excedente se grava según el artículo 174 RLISR.
Errores frecuentes
- No tomar en cuenta el límite de 60 días: ex‑trabajadores con menos días no participan.
- Calcular el reparto sólo por salarios y omitir los días trabajados: la ley exige el 50/50.
- Olvidar el tope de tres meses o el promedio de los últimos tres años.
- No aplicar la exención de 15 UMA al calcular el ISR.
- Pagar fuera de los plazos (30 de mayo o 29 de junio), lo que puede generar multas.
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Ir a la calculadoraPreguntas frecuentes
¿Los trabajadores con menos de un año participan en el PTU?
Sí, siempre que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio anterior.
¿Se considera el salario neto o bruto para el reparto por salarios?
Se considera el salario base de cotización o el salario diario integrado, sin deducciones, limitado en el caso de trabajadores de confianza.
¿Qué pasa si la empresa no reparte PTU?
Los trabajadores pueden denunciar ante la PROFEDET y la empresa puede ser multada por la Secretaría del Trabajo. Además, se deben pagar diferencias y recargos.
¿La PTU genera impuestos?
Sí. La PTU está exenta hasta 15 UMA; el excedente se grava y se retiene según el artículo 174 RLISR.
¿Los ex‑trabajadores que renunciaron reciben PTU?
Sí, siempre que hayan trabajado más de 60 días; la empresa debe localizarlos o depositar el monto en la Junta de Conciliación y Arbitraje.
¿Cómo influye la reforma de 2021 en la PTU?
La reforma introdujo los topes de tres meses de salario o el promedio de la PTU de los últimos tres años y mantiene el reparto en proporción de 50 % por días y 50 % por salarios.
Conclusión
La participación de utilidades es un derecho que reconoce el esfuerzo del trabajador en la generación de riqueza de la empresa. En 2026 el reparto mantiene el esquema de 10 % de la utilidad fiscal, dividido en 50 % por días y 50 % por salarios, con topes de tres meses o el promedio de los tres últimos años. Entender estos elementos y usar herramientas de cálculo te permitirá estimar tu PTU y reclamarla a tiempo.
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Fuentes oficiales
- AI Conta – “PTU 2026”: explica que la PTU es 10 % de la utilidad fiscal, la regla 50/50, los topes de tres meses o el promedio de los últimos tres años y quién participa. También detalla que 15 UMA están exentas de ISR y describe la retención con base en el artículo 174 RLISR, presenta un ejemplo numérico y menciona los plazos de pago y sanciones.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123; Ley Federal del Trabajo, capítulo VIII; Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (art. 174).