Calculadora de Renta de Cuarta Categoría 2026 Perú
Calcula el impuesto anual de tus recibos por honorarios (cuarta categoría): aplicamos la deducción del 20%, las 7 UIT, hasta 3 UIT de gastos y los tramos progresivos, y te decimos si pagas o te devuelven.
Última actualización: 3 de julio de 2026 · metodología y fuentes
Renta de cuarta categoría
Perú · impuesto anual (recibos por honorarios)
Tus datos del año
Estimación referencial con parámetros oficiales 2026. No reemplaza la declaración anual de la SUNAT. Ver metodología
Tu impuesto anual
S/ 760.00
Tasa efectiva 1.27% sobre tus ingresos brutos
Desglose del cálculo
Tu tasa efectiva sobre los ingresos brutos es 1.27%.
Puedes sumar hasta 3 UIT de deducción adicional por gastos con comprobante electrónico (alquiler, honorarios médicos y de otros profesionales, restaurantes y hoteles…).
Cálculo referencial. La declaración anual real puede incluir otros conceptos (rentas de fuente extranjera, saldos a favor de años previos, ITF, donaciones). Verifica en SUNAT.
Cómo se calcula
Impuesto = [(Cuarta − 20%) + Quinta − 7 UIT − hasta 3 UIT] × tramos 8–30%
La renta de cuarta categoría es el impuesto a la renta del trabajador independiente que emite recibos por honorarios. En la declaración anual, a tus honorarios se les resta el 20% de deducción presunta (con tope de 24 UIT; no aplica a dietas de director), se suma la renta de quinta si tuviste, y sobre ese total se restan 7 UIT más hasta 3 UIT por gastos. Sobre la base se aplican los tramos del 8% al 30%. Al impuesto se le descuenta lo ya retenido y pagado a cuenta: si pagaste de más, te devuelven.
1 · Deducción del 20%
A tus honorarios del año se les resta el 20% de gastos presuntos, con tope de 24 UIT (S/ 132,000 en 2026). Las dietas de director y similares no tienen esta deducción.
2 · Deducciones de 7 UIT (+3 UIT)
A la renta neta de cuarta más quinta se le restan 7 UIT (S/ 38,500) y hasta 3 UIT adicionales por gastos con comprobante electrónico.
3 · Tramos y saldo
Sobre la base: 8% hasta 5 UIT, 14% de 5 a 20, 17% de 20 a 35, 20% de 35 a 45 y 30% por encima. Al impuesto se le restan las retenciones y pagos a cuenta: sale un saldo a favor (devolución) o por regularizar.
Parámetros vigentes 2026
- UIT 2026
- S/ 5,500.00
- D.S. N° 301-2025-EF
- Deducción renta 5.ª
- 7 UIT
- S/ 38,500.00
Fuentes oficiales y base legal
Cada parámetro proviene de la entidad que lo publica. Verifica en la fuente:
- SUNAT · TUO de la Ley del Impuesto a la RentaArts. 45 (deducción 20%, tope 24 UIT), 46 (7 UIT y hasta 3 UIT) y 53 (escala progresiva)
- SUNAT · Renta de cuarta categoríaRecibos por honorarios, retención 8% y suspensión
Ejemplos resueltos
Honorarios S/ 60,000 · independiente
S/ 60,000 con S/ 4,800 retenido
Preguntas frecuentes
¿Desde cuánto se paga renta de cuarta categoría al año?
En la declaración anual pagas impuesto cuando tu renta neta de trabajo (cuarta más quinta) supera las 7 UIT, es decir S/ 38,500 en 2026. A la renta bruta de cuarta se le resta primero la deducción del 20% (con tope de 24 UIT), así que un independiente puro empieza a tributar aproximadamente desde S/ 48,125 de honorarios al año. Por debajo de eso, no hay impuesto anual por regularizar.
¿Cómo se calcula el impuesto anual de cuarta categoría?
A tus honorarios del año se les descuenta el 20% de deducción (tope 24 UIT). Ese resultado, más tu renta de quinta si tuviste, es tu renta neta de trabajo. Le restas 7 UIT (S/ 38,500) y hasta 3 UIT por gastos deducibles, y sobre la base aplicas la escala progresiva: 8% hasta 5 UIT, 14% de 5 a 20 UIT, 17% de 20 a 35, 20% de 35 a 45 y 30% por encima. Al impuesto le restas lo que ya te retuvieron y pagaste a cuenta.
¿Qué es la deducción del 20% y cuándo no aplica?
Es una deducción automática por gastos presuntos del trabajador independiente: el 20% de tu renta bruta de cuarta, con un tope de 24 UIT (S/ 132,000 en 2026). No aplica a las rentas del inciso b) del artículo 33: dietas de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios y albaceas. En esos casos se tributa sobre el monto bruto, sin el 20%.
¿La retención del 8% en mis recibos por honorarios es el impuesto final?
No. El 8% que te retienen en los recibos por honorarios (cuando superan S/ 1,500) y los pagos a cuenta que hagas son adelantos del impuesto. En la declaración anual se determina el impuesto real con las deducciones (20%, 7 UIT y hasta 3 UIT) y se compara con lo adelantado: si pagaste de más, la SUNAT te devuelve; si falta, regularizas la diferencia.
¿Puedo deducir hasta 3 UIT adicionales por gastos?
Sí. Además de las 7 UIT, puedes deducir hasta 3 UIT (S/ 16,500 en 2026) por gastos con comprobante electrónico: alquiler de vivienda (30% del monto), honorarios de médicos y odontólogos, servicios de otros profesionales que emitan recibo por honorarios, y consumos en restaurantes y hoteles, entre otros. Se aplican en la declaración anual y pueden generarte una devolución.
¿Puedo suspender las retenciones y pagos a cuenta?
Sí. Si proyectas que tus ingresos anuales de cuarta no superarán el umbral de suspensión (S/ 48,125 en el caso general para 2026; S/ 38,500 para directores y similares), puedes solicitar a la SUNAT la suspensión de retenciones y pagos a cuenta, normalmente desde enero. Es un trámite en línea; esta calculadora es referencial y no realiza ni confirma ese trámite.
¿Esta calculadora reemplaza la declaración anual de la SUNAT?
No. Es una estimación referencial para que entiendas cuánto podrías pagar o cuánto te podrían devolver. La declaración anual real puede incluir conceptos adicionales (rentas de fuente extranjera, saldos a favor de años anteriores, ITF, donaciones) y se presenta con el asistente de la SUNAT. Confirma siempre tus montos con tus comprobantes y con SUNAT.
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Datos verificados y actualizados al 03 de julio de 2026. Cada valor está citado con su norma oficial.